Aranceles
INFO+LEGALES
AUMENTO DE ARANCELES SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2024
Resolución 72-2024 DGE-DEP
19/08/2024
AUMENTO DE ARANCELES JULIO-AGOSTO 2024
Resolución 57-2024 DGE-DEP
28/06/2024
AUMENTO DE ARANCELES MAYO-JUNIO 2024
05/05/2024
Resolución 4-2024 Escala de equidad marzo-abril 2024
30/03/2024
ARANCELES AUTORIZADOS al 01/01/2024
01/01/2024
Comunicaciones a Defensa al consumidor y otros organismos
Normativa y sugerencias.
29/11/2023
Estimadas/os Representantes y Apoderados.
Enviamos la información recibida de nuestro asesor Cdor. Pedro Pais, quien nos facilita toda la normativa respecto de las ddjj y demás que debemos completar en esta instancia. Les sugerimos su atenta lectura, dado que tiene también SUGERENCIAS y APRECIACIONES que estimamos serán de utilidad frente a la incertidumbre sobre cálculos, aumentos "posibles"/"autorizados", y otros. Entonces, tratando de tomar los mayores recaudos, y aunando criterios trataremos de mitigar impactos desfavorables.
Los saludamos cordialmente
Dr. Eduardo Attorri Presidente CONSEC
Prof. María del Carmen Amat Vicepresidente CONSEC
Hola amigos, se recuerda que al 30 de noviembre se debe dar cumplimiento a la Resolución 60/2016 de Dirección de Defensa al Consumidor.Para ello hay que remitir la información a cuotasprivados@mendoza.gov.ar
En relación a la presentación a Secretaría de Comercio a través de TAD, la misma se ha prorrogado por el año 2024 hasta el 29 de diciembre de 2023 (ver Resolución 1970/2023), Se recuerda que esta presentación incluye las presentaciones establecidas por Resolución 678/1999. En este caso, RECORDAR también la obligación incluida en el artículo 3 de esta Resolución 447/20 - que si bien habla del año 2021, interpretamos establece una obligación para el futuro: "ARTÍCULO 3°.- La información prevista en el Artículo 1º de la presente resolución, deberá ser acompañada de una copia del contrato de enseñanza que regirá en el ciclo lectivo 2024. Los establecimientos de enseñanza pública de gestión privada no comprendidos en el Decreto Nº 2.542 de fecha 5 de diciembre de 1991, deberán adjuntar también la declaración jurada de la conformidad de la mayoría de los padres o responsables de las alumnas y los alumnos del establecimiento prevista en el Artículo 7º del Decreto N° 2.417 de fecha 19 de noviembre de 1993.
En consecuencia, en Mendoza, considerando las facultades concurrentes para la aplicación de la Ley de Defensa al Consumidor de la Secretaría de Comercio Interior y Defensa al Consumidor, se sugiere dar cumplimiento a ambas normativas (la provincial) el 30 de noviembre, y la nacional el 29 de diciembre de 2023.
También el 30 de noviembre, habría que dar cumplimiento a la presentación prevista en la Resolución 2020/2007 (DEP - presupuesto)
Por último está vigente la norma que establece la obligatoriedad de incluir en la web institucional copia del contrato educativo 2024, y la explicación en dicha web del procedimiento para "solicitud de pase" que puedan tramitar directamente los padres (ver Resolución 271/2020).-
SUGERENCIAS Y APRECIACIONES:
Se recomienda presentar la información, considerando cálculos propios aun cuando superen las bandas vigentes, dado que con posterioridad a la norma se acordaron nuevos aumentos para el sector docente para el año 2023 y para inicio del año 2024, y en marzo se prevé una nueva paritaria docente, por lo que estimamos aproximadamente un 35% de incremento de costos sobre los valores vigentes para diciembre de 2023.-. Y, en el caso de los colegios que reciben aporte estatal, deberían incorporar una cláusula que aclare que el aumento no sea aprobado por DEP, se ajustarán los valores a los topes oficiales, hasta que se apruebe el ajuste
A modo de ejemplo:
"El valor de los aranceles calculado para el ciclo lectivo 2024, ha tenido en consideración el atraso en el valor vigente del arancel y la pauta de ajuste inflacionario previsto en el Proyecto de Presupuesto Nacional y Provincial 2024, que prevé una pauta de inflación del 70% anual.
Los valores de los aranceles establecido en las cláusulas anteriores serán ajustados ante aumentos salariales superiores a los presupuestados, incrementos de costos por mayor inflación, y siempre de acuerdo con las normas establecidas por la DGE, en cuanto a detalle de lo facturado e importes autorizados a la fecha del efectivo cobro."
(van 9 archivos adjuntos proxima pestaña)
Los saludo atentamente.
PEDRO PAIS.
ARANCELES AUTORIZADOS 01/11/2023
04/11/2023
Estimadas/os Representantes, Apoderados, Administración
Les enviamos la ARANCELES AUTORIZADOS 01/11/2023
Como siempre, a disposición por cualquier consulta, los saludamos fraternalmente.
Escala de Equidad Res. 113-2023 y su Anexo
06/09/2023
Estimadas/os Representantes, Apoderados, Administración
Les enviamos la Escala de Equidad Res 113-2023 y su Anexo
Como siempre, a disposición por cualquier consulta, los saludamos fraternalmente.
Escala de Equidad Res 87-2023 y su Anexo
03/07/2023
Estimadas/os Representantes, Apoderados, Administración
Les enviamos la Escala de Equidad Res 87-2023 y su Anexo
Como siempre, a disposición por cualquier consulta, los saludamos fraternalmente.
RS-2023-27 Escala Equidad y Anexo
04/05/2023
Estimadas/os Representantes, Apoderados, Administración
Les enviamos la RS-2023-27 - ESCALA DE EQUIDAD y su ANEXO
Como siempre, a disposición por cualquier consulta, los saludamos fraternalmente.
Indice de actualizacion bimestral para Educación Privada
Resolución 4121 y Anexo
03/07/2023
Estimadas/os Representantes, Apoderados, Administración
Les enviamos la Indice de actualizacion bimestral para Educación Privada y las Resoluciones 4121 y Anexo
Como siempre, a disposición por cualquier consulta, los saludamos fraternalmente.
Resolución 272 DGE Feb2023 Aranceles
10/02/2023
Estimadas/os:
Estimadas/os Representantes, Apoderados, Administración
Como todos los años, les enviamos la información recibida del Asesor Cdro. Pedro Pais respecto a todas las presentaciones, ddjj, dependencias y requisitos que INFORMAR respecto a los aranceles 2023 - Así mismo, la sugerencia, respecto al cálculo y comunicación de aranceles futuros, a la espera de la autorización de la DEP.
Como siempre, a disposición por cualquier consulta, los saludamos fraternalmente.
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Recordatorio Normativas y presentaciones sobre aranceles 2023
26/11/2022
Estimadas/os:
Estimadas/os Representantes, Apoderados, Administración
Como todos los años, les enviamos la información recibida del Asesor Cdro. Pedro Pais respecto a todas las presentaciones, ddjj, dependencias y requisitos que INFORMAR respecto a los aranceles 2023 - Así mismo, la sugerencia, respecto al cálculo y comunicación de aranceles futuros, a la espera de la autorización de la DEP.
Como siempre, a disposición por cualquier consulta, los saludamos fraternalmente.
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Hola amigos, se recuerda que al
30 de noviembre se debe dar cumplimiento a la Resolución 60/2016 de Dirección
de Defensa al Consumidor.
Para ello hay que remitir la
información a cuotasprivados@mendoza.gov.ar
También se sugiere dar
cumplimiento a la presentación a Secretaría de Comercio a través de TAD, que
incluye las presentaciones establecidas por Resolución 678/1999, con fecha de
presentación en el año 2022 30 de noviembre, conforme Resolución 61/2022 de
Secretaría de Comercio. En este caso, RECORDAR también el cumplimiento de la Resolución
271/2020, y la obligación incluida en el artículo 3 de esta Resolución
447/20 (que si bien habla del año 2021, interpretamos establece una obligación
para el futuro: "ARTÍCULO 3°.- La información prevista en el
Artículo 1º de la presente resolución, deberá ser acompañada de una copia
del contrato de enseñanza que regirá en el ciclo lectivo 2023. Los
establecimientos de enseñanza pública de gestión privada no comprendidos en el
Decreto Nº 2.542 de fecha 5 de diciembre de 1991, deberán adjuntar también la
declaración jurada de la conformidad de la mayoría de los padres o responsables
de las alumnas y los alumnos del establecimiento prevista en el Artículo 7º del
Decreto N° 2.417 de fecha 19 de noviembre de 1993.
En consecuencia, en Mendoza,
considerando las facultades concurrentes para la aplicación de la Ley de
Defensa al Consumidor de la Secretaría de Comercio Interior y Defensa al
Consumidor, se
sugiere dar cumplimiento a ambas normativas (la nacional y la provincial) el 30
de noviembre.
También el 30 de noviembre,
habría que dar cumplimiento a la presentación prevista en la Resolución
2020/2007 (DEP - presupuesto)
Por último está
vigente la norma que establece la obligatoriedad de incluir en la web
institucional copia del contrato educativo 2023, y la explicación en dicha web
del procedimiento para "solicitud de pase" que puedan tramitar
directamente los padres (ver Resolución 271/2020).-
Se recomienda presentar la información,
considerando cálculos propios aun cuando superen las bandas vigentes para
noviembre de 2022 (Resolución 8261/2022 de DGE), dado que con posterioridad a
la norma se acordaron nuevos aumentos para el sector docente para el año 2022 y
para inicio del año 2023, y en febrero se prevé una nueva paritaria docente,
por lo que considerando una inflación mensual del 6%. estimamos aproximadamente
un 30% de incremento de costos sobre los valores vigentes para marzo de 2023.-.
"En el caso de los colegios que reciben
aporte estatal, se sugiere por tanto incorporar una cláusula que
aclare que en caso que no sea aprobado por DEP, se ajustarán los valores a los
topes oficiales, hasta que se apruebe el ajuste
A modo de ejemplo:
"El valor de los
aranceles calculado para el ciclo lectivo 2023, ha tenido en consideración el
atraso en el valor vigente del arancel, la pauta de ajuste inflacionario
previsto en el Proyecto de Presupuesto Nacional y Provincial 2023, que prevé
una pauta de inflación del 60% anual.
Los valores de los aranceles
establecido en las cláusulas anteriores podrían ajustarse ante aumentos
salariales superiores o inferiores a los presupuestados, incrementos o
disminución de costos por mayor inflación, y siempre se ajustará a las normas
establecidas por la DGE, en cuanto a detalle de lo facturado, e importes
autorizados a la fecha del efectivo cobro."
Atentamente.
Cdro. Pedro E. Pais -
Asesor CONSEC
Aumento de aranceles autorizado desde el 1-12-22 (15%)
04/11/2022
Estimadas/os:
Enviamos en adjunto la información recibida de la DEP con la Resolución 8261-2022-DGE autorizando un 15% de incremento en los aranceles máximos con las correspondientes "escalas" según el porcentaje de aporte estatal.
El mismo tiene entrada en vigencia "a partir de la fecha de publicación de la presente normal legal", por ello, si oportunamente anticiparon a los progenitores el importe a percibir en este valor, sujeto a la condición de autorización del incremento, podrá aplicarse de inmediato adecuando el valor informado al valor autorizado.
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Autorización aumento aranceles - Agosto 2022
10/08/2022
Estimados Representantes Legales
Informamos la publicación de la Resolución de la DGE 2969/22 que autoriza el 12% de aumento para los aranceles máximos. Por no ser el aumento solicitado y fundado documentalmente, continuaremos las gestiones por el pedido del mismo. Además informamos como en otras oportunidades que los colegios que comunicaron a los progenitores "que si se autorizaba un aumento de cuota se iba a aplicar de forma inmediata el aumento dispuesto o el que se autorizara". Por ejemplo: la cuota de un colegio era de $5000, se informó a las familias que en agosto se iba a cobrar $6000, lo autorizado es $5.600 se puede aplicar de inmediato $5.600 que es lo autorizado, y fue PREVIAMENTE informado a las familias. Quienes no informaron aumento, deberán hacerlo para cumplir el plazo de notificación previa antes de aplicarlo. CONSEC
Atentamente.
Cdro. Pedro E. Pais - Asesor CONSEC
ESCALAS DE EQUIDAD - Resolución 775/2022 - 1° de Abril 2022
03/04/2022
Estimados Representantes Legales
Fruto de las gestiones y presentaciones realizadas -que oportunamente informamos-, han sido actualizados los valores de los topes máximos de los aranceles, las llamadas "escalas de equidad" - Vigentes desde Abril 2022 - Como siempre se deberá informar a los organismos pertinentes para su aplicación operativa, y quienes YA hubieran comunicado a los organismos y padres el aumento previamente, podrán aplicarlo.
Atentamente.
Cdro. Pedro E. Pais - Asesor CONSEC
ESCALAS DE EQUIDAD - Resolución 4104 Dic.2021
29/11/2021
Estimados amigos:
Hoy ha sido publicada en el Boletín Oficial la nueva escala de equidad con vigencia a partir del mes de diciembre de 2021.
Aquellos colegios que hubieran informado a los padres aranceles iguales o superiores a los establecidos en esta norma, en los plazos previos requeridos por Defensa al Consumidor, podrán aplicar los mismos para el mes de diciembre de 2021.
Se adjunta copia de la Resolución 4104 y de su Anexo en la solapa ADJUNTOS.
Atentamente.
Cdro. Pedro E. Pais - Asesor CONSEC
Normas a cumplir con Defensa al Consumidor y otras.
25/11/2021
Hola amigos, se recuerda que al 30 de noviembre se debe dar cumplimiento a la Resolución 60/2016 de Dirección de Defensa al Consumidor. (la información que tendría que presentarse al 30 de octubre en Secretaría de Comercio Interior de la Nación, para tener en consideración).
También se sugiere dar cumplimiento a la presentación a Secretaría de Comercio a través de TAD. En este caso, RECORDAR también el cumplimiento de la Resolución 271/2020, y la obligación incluida en el artículo 3 de esta Resolución 447/20 (que si bien habla del año 2021, interpretamos establece una obligación para el futuro: "ARTÍCULO 3°.- La información prevista en el Artículo 1º de la presente resolución, deberá ser acompañada de una copia del contrato de enseñanza que regirá en el ciclo lectivo 2022. Los establecimientos de enseñanza pública de gestión privada no comprendidos en el Decreto Nº 2.542 de fecha 5 de diciembre de 1991, deberán adjuntar también la declaración jurada de la conformidad de la mayoría de los padres o responsables de las alumnas y los alumnos del establecimiento prevista en el Artículo 7º del Decreto N° 2.417 de fecha 19 de noviembre de 1993.
En consecuencia, en Mendoza, considerando las facultades concurrentes para la aplicación de la Ley de Defensa al Consumidor de la Secretaría de Comercio Interior y Defensa al Consumidor, se sugiere dar cumplimiento a ambas normativas (la nacional y la provincial) el 30 de noviembre.
También el 30 de noviembre, habría que dar cumplimiento a la presentación prevista en la Resolución 2020/2007 (DEP - presupuesto)
Por último está vigente la norma que establece la obligatoriedad de incluir en la web institucional copia del contrato educativo 2022, y la explicación en dicha web del procedimiento para "solicitud de pase" que puedan tramitar directamente los padres (ver Resolución 271/2020).-
Se recomienda presentar la información, considerando cálculos propios, -puede servir como guía y recordatoria de costos la petición sobre ajuste de aranceles presentada a DEP por la ACPM y el CONSEC-, y "en el caso de los colegios que reciben aporte estatal, con alguna cláusula que aclare que en caso que no sea aprobado por DEP, se ajustarán los valores a los topes oficiales, hasta que se apruebe el ajuste
A modo de ejemplo:
"El valor de los aranceles calculado para el ciclo lectivo 2022, ha tenido en consideración el atraso en el valor vigente del arancel, la pauta de ajuste inflacionario previsto en el Proyecto de Presupuesto Nacional y Provincial 2022.
Los valores de los aranceles establecido en las cláusulas anteriores podrían ajustarse ante aumentos salariales superiores o inferiores a los presupuestados, incrementos o disminución de costos por mayor inflación, y siempre se ajustará a las normas establecidas por la DGE, en cuanto a detalle de lo facturado, e importes autorizados a la fecha del efectivo cobro."
Atentamente.
Cdro. Pedro E. Pais - Asesor CONSEC
Actualización de aranceles: Resolución 2813
24/08/2021
Estimados amigos, en el día de hoy se publicó la Resolución 2813 de DGE.
Se autorizó un ajuste de banda del 13% a todos a partir del 23/8.
Quienes hayan informado aranceles superiores, podrán aplicarlos en forma inmediata, y quienes han informado aranceles menores podrán cobrar hasta los informados, y por la diferencia deberían seguir el procedimiento de la Resolución 60/2016, que prevé informar a Padres y Defensa al Consumidor con 30 días hábiles de anticipación.
"Artículo 3° - Los establecimientos educativos mencionados en el artículo 1° que dispongan modificaciones en los aranceles, intereses, gastos extras, seguros y cualquier otro rubro adicional, ordinario o extraordinario que corresponda a los consumidores del servicio educativo, deberá ser informado en forma escrita a los mismos y mediante medio digital ante esta Dirección, con una anticipación mínima de treinta (30) días hábiles,"
Se adjunta Resolución publicada hoy y nuevas Bandas.
Atentamente.
PEDRO PAIS.
Autorización para el aumento de aranceles
06/04/2021
Información que trae algo de alivio a la situación que estamos viviendo en la mayoría de los colegios. Como bien saben, esta medida es en parte respuesta, a los insistentes pedidos fundados que hemos realizado desde CONSEC en conjunto con ACPM.
Autorización aumento de bandas aranceles
14/12/2020
El día jueves por la tarde fuimos informados telefónicamente, de la publicación de la Resolución de 3174/2020 DGE que aumenta los aranceles máximos. (Archivos adjuntos) Esta resolución nos sorprendió con el porcentaje de aumento dispuesto, ya que resultó muy por debajo en relación con lo solicitado formalmente y dialogado. Le expresamos esta preocupación a la Directora de Educación Privada, quien nos manifestó que en febrero volveríamos a revisar dicho porcentaje según los acuerdos que se lleven a cabo en las escalas salariales.
Adelantándonos a esto solicitaremos una reunión con el equipo de hacienda al Gobernador al cual concurrir con nuestros equipos técnicos.
Como siempre, los mantendremos informados.
Fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Secretaría de Comercio
14/12/2020
Estimados amigos, en el día de la fecha ha sido publicada la Resolución 666/2020 de Secretaría de Comercio, la que prorroga hasta enero de 2021 la obligatoriedad de remitir la información sobre aranceles a través de TRAMITES A DISTANCIA.
Se recuerda, que la información a remitir debe ser similar a la enviada a "cuotasprivados@mendoza.gov.ar", y que puede ser superior a la autorizada por DEP.
Se sugiere incorporar en la info a remitir:
".................. los valores de los aranceles establecidos podrían ajustarse ante aumentos salariales superiores o inferiores a los presupuestados, incrementos o disminución de costos por mayor o menor inflación a la presupuestada, y siempre se ajustará a las normas establecidas por la DGE, en cuanto a detalle de lo facturado, e importes autorizados a la fecha del efectivo cobro."
Ello, con el objeto de que si al mes de marzo, aun no se ha dictado nueva Resolución de DGE sobre aranceles vigentes a partir de marzo de 2021, se pueda aplicar el tope establecido en la Resolución 3174 (B.O. Mza 11/12/2020), hasta que la DGE actualice los montos.
Atentamente.
Cdr. Pedro E. Pais
RECORDATORIO sobre "ARANCELES" con instructivo oficial TAD.
Ejemplo Presupuesto DEP - Sugerencia por vencimiento
28/11/2020
Sres/as Representantes Legales, Apoderados, y Administradores
Enviamos con el presente la información recibida del Asesor Cdr. Pedro Pais, que COMPLEMENTA, y COMPLETA, la anticipada el 20/11 que está subida a la web institucional.
Como siempre agradecemos las oportunas sugerencias.
Deseándoles un bendecido fin de semana encomendándonos a nuestra Madre María de la Medalla Milagrosa, los saludamos fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Estimados/as:
REITERO LO INFORMADO OPORTUNAMENTE EN SUGERENCIAS - ARANCELES, publicado web el 22/10 en la APARTADO ARANCELES - Allí encontrarán todas las resoluciones respectivas.
- El lunes vence el plazo para remitir a Defensa al Consumidor la información sobre los aranceles 2021, igual que todos los años (ver Resolución 60/2016),
- y a DEP presupuesto de funcionamiento conforme Resolución 2020/2007.
Se sugiere realizar cálculos actualizados, aun cuando se supere el monto de los aranceles en las bandas vigentes, dado que es la información para las cuotas del próximo año, y se está gestionando un incremento en las bandas de equidad.
Dado que el vencimiento es el lunes próximo, y que debería ser presentado en forma física, y que de la DEP han informado que atienden solamente miércoles y jueves próximo de 9 a 12, sugerimos conservar dicha comunicación y presentar en la fecha.
- Agregamos hoy un "modelo" de cómo completar el cuadro previsto en la resolución 2020/2007 ante la DEP como sugerencia, que cada instituto debe completar con su propia información, por supuesto
- En cuanto al TAD: con vencimiento el 15 de diciembre, según nos comprometimos, se adjunta el instructivo oficial para informar las cuotas de los colegios. Este año el vencimiento es el 15/12. Quien ya tiene RUMP, debe seguir las instrucciones previstas desde las hojas 10 a 24. También recordar que todo Colegio que tenga página web, tiene la obligación de incluir el contrato educativo, y condiciones de pase de los alumnos. - ver Resolución 271/2020
Atentamente.
Cdr. Pedro E. Pais
NORMATIVA sobre ARANCELES - Información Secretaría de Comercio Nación - Prórroga y otras normas.
22/10/2020
Estimados/as
Agradeciendo
una vez más el asesoramiento de Pedro Pais, compartimos el material que
nos envió sobre el tema: "Aranceles", en el mismo encontrarán la
información y sugerencias para la toma de decisiones institucionales,
así como también la normativa vigente.
Los saludamos cordialmente
___________________________________________________________________
Hola amigos, en el día de hoy se ha publicado la Resolución 447/2020, en la cual se prorroga hasta el 15 de diciembre, la información que tendría que presentarse al 30 de octubre en Secretaría de Comercio Interior de la Nación, para tener en consideración.
En este caso, se sugiere verificar también el cumplimiento de la Resolución 271/2020,
y la obligación incluida en el artículo 3 de esta Resolución 447/20:
"ARTÍCULO 3°.- La información prevista en el Artículo 1º de la presente
resolución, deberá ser acompañada de una copia del contrato de enseñanza
que regirá en el ciclo lectivo 2021. Los establecimientos de enseñanza
pública de gestión privada no comprendidos en el Decreto Nº 2.542 de
fecha 5 de diciembre de 1991, deberán adjuntar también la declaración
jurada de la conformidad de la mayoría de los padres o responsables de
las alumnas y los alumnos del establecimiento prevista en el Artículo 7º
del Decreto N° 2.417 de fecha 19 de noviembre de 1993.
En consecuencia, en Mendoza, considerando las facultades concurrentes para la aplicación de la Ley de Defensa al Consumidor de la Secretaría de Comercio Interior y Defensa al Consumidor, se sugiere dar cumplimiento a ambas normativas (la nacional y la provincial), teniendo en cuenta el siguiente cronograma:
a) el 30 de noviembre cumplir con la Resolución 60 de Dirección de Defensa al Consumidor, remitiendo copia del Contrato Educativo que regirá en el año 2021.b) presentar el 30 de noviembre a DEP la información prevista en la Resolución 2020/2007.c) presentar el 15 de diciembre por TAD la información prevista en esta Resolución, remitiendo copia del Contrato Educativo 2021.d) Incorporar en la web institucional copia del contrato educativo 2021, y explicar en dicha web el procedimiento para "solicitud de pase" que puedan tramitar directamente los padres. - De ser posible ésto antes del 8 de diciembre de 2020 (ver Resolución 271/2020).-
Se recomienda presentar la información, considerando cálculos propios,
- teniendo en cuenta que puede ser útil como guía y recordatoria de
costos, la petición sobre ajuste de aranceles presentada a DEP/DGE por
la ACPM y el CONSEC-, y, en el caso de los colegios que reciben aporte
estatal, con alguna cláusula que informe que en caso que no sea
aprobado por DEP, se ajustarán los valores a los topes oficiales, hasta que se apruebe el ajuste.
Por ejemplo: "El
valor de los aranceles calculado para el ciclo lectivo 2021, ha tenido
en consideración el atraso en el valor vigente del arancel, la pauta de
ajuste inflacionario previsto en el Proyecto de Presupuesto Nacional y
Provincial 2021.
Los
valores de los aranceles establecido en las cláusulas anteriores
podrían ajustarse ante aumentos salariales superiores o inferiores a los
presupuestados, incrementos o disminución de costos por mayor
inflación, y siempre se ajustará a las normas establecidas por la DGE,
en cuanto a detalle de lo facturado, e importes autorizados a la fecha
del efectivo cobro."
En
los primeros días de noviembre se remitirá un power recordatorio sobre
como realizar la presentación TAD, y dar cumplimiento a esta Resolución nacional publicada hoy.
Atentamente.
Cdr. Pedro E. Pais
Se adjunta a la presente.
Normas nacionales:
Resolución 447/2020 - Nacional publicada en el BO de la Nación el 21/10/2020
Resolución 271/2020 - Contratos de adhesión.
Normas provinciales:
Resolución 60/2016 - Dirección de Defensa al Consumidor Mendoza.
Resolución 2020/2007 - Dirección de Educación Privada de Mendoza.
Presentación a DEP y DGE por ajuste de aranceles
15/10/2020
Estimados/as:
Les enviamos la NOTA - PETITORIO
para pedir el aumento de aranceles presentada el martes conjuntamente
CONSEC y ACPM.
Verán en la misma que hemos
considerado todas las aristas legales: con la cita de los artículos
previstos en el Decreto 2633, técnicas: con la descripción de los
índices de aumentos, y también como siempre haciendo referencia a
nuestro compromiso con la comunidad en la consideración de casos
especiales, reducciones, becas, etc.
Prof. María del Carmen Amat Presidenta CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Presentación ACTUALIZADA:
Ante la DEP con elevación al nuevo Director
General de Escuelas
Lic. José Thomas
27/12/2019
Ud.
puede consultar el expediente:
En tipo de
búsqueda, seleccionar: Expediente Electrónico en GDE
-
Ingresar número
de expediente:
(EX2019) 07314292 (GDEMZA)
-
Ingresar
año del EXPEDIENTE: 2019
-
En Repartición
colocar:
MESA#DGE (este remite a “Código de Repartición” donde debe
volver a colocar: MESA#DGE) y allí Buscar (lupa) donde se irá actualizando según
el trámite del expediente)
SUGERENCIAS:
Bono No docentes
Información Complementaria del Taller Legal Contable
Estimadas/os R. Legales, Apoderados
Enviamos a continuación la información legal-contable recibida del Asesor Cdor. Pedro Pais, respecto del "bono $5000" para los NO DOCENTES (administrativos y maestranza). Como siempre, dicha información es a modo de SUGERENCIA con el fin de que los responsables de los Institutos tomen las decisiones pertinentes con la debida información y opinión.
Respecto de la carta que se consensuó con los Representantes y Apoderados presentes en la reunión del lunes 28, les informamos que será presentada ante la DEP y DGE el lunes 4/11, por lo que pueden venir a firmarla hasta el lunes próximo. Pueden venir en todo horario, ya que contamos con la amabilidad del personal de recepción de la UCA. Por ello la nota está disponible, sea en horario del CONSEC como el resto del día en mesa de entradas de la UCA.
SUGERENCIAS sobre el "Bono Decreto 665/2019" para el personal NO docente (administrativo y maestranza)
Ante la falta de acuerdo hasta el día de ayer entre el Sindicato SOEME y las entidades que nos representan, estimo que debemos optar por una de las siguientes alternatvias, a efectos de concluir la liquidación del mes de octubre:
a) Pagar los $ 5000 como no remunerativo con la denominación "Asignación no remunerativa a cuenta Decreto 665/2019"
b) Informar a los no docentes que considerando las dificultades financieras que tienen las instituciones educativas de Mendoza, se opta por la siguiente forma de pago: octubre una suma de $ 2000 a cuenta del Decreto 665/19, denominada "Asignación no remunerativa a cuenta Decreto 665/19" - el importe de $ 2000 es para el personal que trabaje 46,5 horas de no se horario completo corresponde su proporcional.
c) Diferir el pago, a la espera de algun acuerdo, o sugerencias de CONSUDEC, FAERA o COORDIEP, y pagar lo que se resuelva a través de complementaria.
Análisis de las alternativas sugeridas:
- En mi opinión, si bien la alternativa a), sería la que mejor se ciñe al texto legal
- La alternativa b) otorga un tratamiento similar al de los docentes extraprogramáticos conforme acuerdo con SADOP.
- De este modo además el personal no verá disminuido su salario "de bolsillo" en relación al mes anterior que tuvieron el Beneficio Decreto 561/19.
- Si se opta por la alternativa a), se debe considerar que "en el bolsillo" este personal en noviembre percibirá $ 5000 menos que en octubre.
- Si se opta por la alternativa b)- habría que informar al personal que la diferencia de $ 3000, para completar los $5000, se pagará entre noviembre y diciembre, en forma análoga a lo resuelto para los extraprogramáticos, salvo que intertanto se llegue a un acuerdo entre SOEME y las entidades patronales, lo que se informará y aplicará si se produce.
Entonces: de optar por b o c, ante cualquier reclamo o consulta particular o del gremio se debe informar que:
- Existe predisposición al pago íntegro del adicional.
- Las instituciones educativas a través de los organismos nacionales están dialogando con las autoridades de los Sindicatos. Que a la fecha sólo a un acuerdo con el SADOP por los extraprogramáticos y que bajo ese mismo espíritu se aplica por razones financieras a los no docentes.
SE RECUERDA: que es un importe NO REMUNERATIVO: no hay que hacer retenciones ni pagar aportes patronales.
De lo analizado, y buscando una compensación de argumentos, mi sugerencia personal es la alternativa b, es decir abonar como "adicional a cuenta Decreto 665/19" la suma de $ 2000 o su equivalente (según la proporción de horas trabajadas) al personal no docente, previendo pagar los $ 3000 restantes entre noviembre y diciembre.
Atentamente.-
Cdor. Pedro E. Pais
01/11/2019
Taller de Capacitación
Temas:
Aranceles - Información a organismos de control - Bono Decreto 669 2019
Estimadas/os
Según lo comprometido COMPARTIMOS a través de este medio el MATERIAL ofrecido en el taller
Agradecemos las claras sugerencias y explicaciones ofrecidas por nuestro Asesor, Contador Pedro Pais, así como la participación de Uds.
29/10/2019
Resolución 2342/2019 de la DGE por la que se autoriza un aumento del 12% de los aranceles
15/08/2019
Estimadas/os Apoderados/Representantes Legales
A continuación se publica la Resolución 2342/2019 de la DGE por la que se autoriza un aumento del 12% de los aranceles a partir del 12/08/019.
Dicha resolución, es parte de lo solicitado en las presentaciones realizadas por CONSEC y ACEP, sin embargo sabemos que permitirá soslayar solo parcialmente las dificultades financieras de los colegios hasta el momento. Y que, bajo las actuales circunstancias, el problema tenderá a agravarse en los próximos meses. Más aún para el pago de aguinaldo, diciembre y enero, en los que tendríamos que acudir a "las reservas" que en la actual situación son inexistentes.
Por todo ello estamos insistiendo en reunirnos para dialogar con el Director General de Escuelas, a fin de reiterarle lo oportunamente presentado: sugerencia y propuestas de alternativas frente a la actual coyuntura.
También para reiterarle la necesidad de mantener el delicado equilibrio de ingresos-egresos, conjugado con la protección de los intereses de las familias, tanto su economía familiar, como la confianza en el proyecto educativo que han elegido para sus hijas/os; así como las acciones sociales y educativas que se llevan a cabo y que dependen del apoyo de los colegios.
Entonces, continuamos la gestión iniciada reiterando la necesidad de una audiencia según lo solicitado.
Por otro lado, agradecemos el apoyo de Uds.: en la participación, en los pedidos, y también en los reclamos que nos formulan.
Es responsabilizándonos de v/confianza que continuamos trabajando e informando.
Fraternalmente
CD CONSEC
Nueva presentación ante la DEP y DGE para solicitar el aumento de aranceles
01/08/2019
Estimadas/os Apoderados/Representantes Legales
Les enviamos a continuación la transcripción de las notas presentadas HOY ante la DEP y la DGE por el tema aranceles que les habíamos anticipado: presentación conjunta CONSEC y ACPM.
Para realizarla tomamos una muestra estadística de los Formularios 931 que la mayoría de los Colegios nos envió, como una prueba más, además de las enumeradas en la misma nota: índices INDEC, índices Gob. de Mendoza, resoluciones de la DGE, por lo que se adjuntó dicha muestra de los 931.
Nos comprometemos a continuar informándolos de cualquier novedad al respecto.
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
CONSEJO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
ARQUIDIÓCESIS DE MENDOZA
Bandera de los Andes 1242 Uruguay 750, G. Cruz- 5501 Mendoza
Tel (0261) 4311610 261 7000 388
cuentascolegiofenix@gmail.com www.consecmendoza.org consec.mendoza@gmail.com
Mendoza, 31 de julio de 2019.
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Banda de equidad Res. 258/2019 - 15% Marzo 2019
11/03/2019
Estimados Representantes y Apoderados
COLEGIOS DEL CONSEC
En adjunto enviamos la Resolución 258/2019 con la escala de equidad de Marzo 2019, que acabamos de recibir de la DEP.
Si cuando notificaron las cuotas 2019 lo hicieron previendo el incremento que debía salir, (condicionando su cobro a que efectivamente se dictara la Resolución), podrán aplicarlo de inmediato. De lo contrario, deben notificar a los padres para aplicarla luego de los 30 días de notificada.
Por otro lado, nos ha sorprendido el porcentaje autorizado, ya que no contempla ninguno de los parámetros de análisis:
-
ni lo solicitado por presentación realizada ante la DEP. Que
oportunamente fue fundado en el atraso por inflación y aumentos
salariales 2018 (cambio de parámetro de ajuste automático por cláusula
gatillo),
- ni los índices de los entes oficiales de medición de aumentos de costos,
- ni los aumentos aplicados en tarifas, servicios o autorizados a otras prestaciones.
Tampoco
hemos recibido respuesta escrita a lo que oportunamente solicitamos en
nota del 9 de setiembre (cuando se otorgó el anterior aumento). En dicha
nota explicamos y fundamentamos la necesitad de una recomposición
integral, y también de un mecanismo de ajuste automático (como lo tienen
los salarios). De esto reiteraremos la solicitud de entrevista con el
fin de poder explayarnos si fuera necesario sobre la delicada situación
financiera que estamos atravesando los institutos educativos, que se
está acercando a una riesgosa situación económico - estructural.
Es
por ello que mañana mismo vamos a solicitar nuevamente la atención
sobre este tema o el recurso conveniente para que se de respuesta o
fundamento de parte de la Dirección de Escuelas.
Saludamos a Uds. fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
REPRESENTANTES/APODERADOS/ADMINISTRACIÓN
ASUNTO: Declaración/es Jurada/s sobre Aranceles
Completando la información transmitida en el taller de fecha 23/10 en lo referido a la o "las" Declaraciones Juradas sobre Aranceles y los organismos a los que debe informarse, el Asesor Cdor. Pedro Pais continuó consultando a los distintos referentes y asesores de otras jurisdicciones sobre la "constitucionalidad" de la exigencia de la Secretaría de Comercio, y también la "conveniencia" de completarla o no.
Como afirmamos siempre: es objetivo y función del CONSEC que los Institutos cuenten con la mayor información para que puedan adoptar una decisión informada, esto es: que el Instituto, con el acompañamiento de la Orden o Entidad propietaria, cuenten con el debido fundamento legal.
Entonces, les enviamos la información completa con las "opciones" y sugerencias por el tema "Declaración Jurada sobre Aranceles" recibida del Asesor Cdor. Pais y con la opinión del Dr. Cánaves de la Pcia. de Salta.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
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Estimados amigos.
En relación al cumplimiento de las normas de Secretaría de Comercio (Nación), referidas al valor de las cuotas, reitero mi criterio:
Existiendo normas provinciales, el cumplimiento de las mismas nos libera de cumplimentar las normas de Secretaría de Comercio de la Nación.
En este sentido he consultado abogados de otras jurisdicciones. Me ha llegado la opinión del Dr. Juan Cánaves, Abogado Asesor de la Provincia de Salta, provincia que cuenta con una normativa similar a la nuestra (presentan la información y la misma se publica en el ámbito de la Jurisdicción Provincial):
"La legislación relativa a la regulación de las actividades comerciales en la República Argentina no fueron delegadas por las Provincias a la Nación ni en la Convención Constituyente de 1853 ni en ninguna de las posteriores reformas constitucionales. La única manera en que la Secretaría de Comercio de la Nación tenga facultades relativas a actividades comerciales radicadas en las provincias es a través de un Convenio entre la Nación y la Provincia respectiva donde ésta le delega las facultades de contralor a la Nación. En consecuencia, si la Provincia no ha firmado convenio alguno con la Nación, las facultades de contralor le corresponde a los organismos provinciales (léase Dirección de Educación Privada, Dirección de Comercio, Secretaría de Defensa del Consumidor, etc.) dependiendo de la legislación de cada provincia. Cualquier intento por parte de Comercio de la Nación de intervenir es inconstitucional y por ende ilegal. Espero te sirva este humilde aporte. " J.C.
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No obstante puede señalarse que la Ley
Nacional le da facultades "concurrentes" a Secretaría de Comercio y a la
autoridad jurisdiccional (Mendoza: DIRECCIÓN DE DEFENSA AL CONSUMIDOR.)
La Nación, ha establecido que hasta el 30 de noviembre, el valor de las cuotas hay que informarlo mediante el sistema de TRAMITES A DISTANCIA (TAD)
Se aclara que la Resolución 678/99 no ha sido modificada, pero la Secretaría de Comercio ha incluido dentro de los TAD, esta información mediante instructivos que ha distribuido entre los colegios de CABA y Provincia de Buenos Aires.
Por ello, en mi opinión, tampoco podría sancionarse a la institución
que enviara la información conforme la R. 678/99, hasta que esta "nuevo
sistema" fuera incorporado como obligación en una norma legal que
modifique a dicha Resolución.
ENTONCES:
1)
TODOS los Colegios de la Jurisdicción Mendoza, DEBEN dar cumplimiento
de la Resolución 60/2016 Dirección de Defensa al Consumidor (obligatorio
para todas las instituciones educativas de la provincia de Mendoza) y
en mi opinión, con este cumplimiento ante la Jurisdicción competente no
podrían ser sancionados por el órgano nacional.
2) Se adjunta un power point, que informa el procedimiento para remitir estos datos mediante TAD para aquellos colegios que opten por así realizarlo (Es un proceso complejo) La
remisión de los datos mediante el sistema de Transferencia a Distancia,
permite el cumplimiento de normas nacionales hasta el 30 de noviembre
de 2018.
3) Si
alguna institución quisiera dar cumplimiento a las normas de Secretaría
de Comercio, pero tuviera dificultades en el proceso de acreditación al
TAD, podría remitir los cuadros como lo hacía en años anteriores,
conforme lo establecido en la Resolución 678/99, la cual no ha sido
modificada.
Reitero: si
alguna institución no hubiere cumplido con 2) ni 3) interpretamos que
no podría ser sancionada, siempre que haya cumplido con la información
1) a: - Dirección de Defensa al Consumidor (provincia), - la información
a los padres, y - la información a DEP.
Si
recibieran alguna intimación de Comercio de la Nación, deben informar
inmediatamente al CONSEC para que los asesoremos al respecto
Atentamente.
CPN Pedro Enrique Pais