Gestiones y Presentaciones
INFO+LEGALES
PRESENTACIÓN:
Pedido Incremento Arancelario Marzo 2022 y
Presupuesto DEP 2022
28/03/2022
PRESENTACIÓN:
Pedido Incremento Arancelario Agosto/21
09/08/2021
PEDIDO INCREMENTO ARANCELARIO Agosto 2021
ANEXO PEDIDO INCREMENTO ARANCELES Agosto 2021
PRESENTACIÓN: NOTA a DEP
Pedidos y Propuestas para el diálogo eficaz y constructivo
14/07/2021
PRESENTACIÓN:
Reitera ante DGE tema Aranceles 2021
luego del anuncio aumento salarial docente
27/01/2021
PRESENTACIÓN:
Reiteración ante DGE urgente
autorización ajuste de aranceles
19/11/2020
Nota presentación para el DGE Lic. José Thomas y Proyecto solidario de cooperación educativa interinstitucional
22/10/2020
Estimadas/os:
Compartimos con la comunidad educativa la NOTA y proyecto solidario de cooperación
educativa interinstitucional que hemos presentado ante la DGE
... Los principios de solidaridad y de bien común nos
impelen a no ser indiferentes ante quienes en este contexto sufren más la
pobreza de aprendizajes...
Los saludamos fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat Presidenta CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Nota presentada ante DEP sobre Rol Rep. Legales
22/10/2020
Estimadas/os:
Compartimos con Uds. la nota presentada ante la DEP y DGE de acuerdo con lo conversado en la reunión general que mantuvimos el jueves pxmo. pdo. y lo relevado a través de las encuestas, sobre el tema del rol y funciones de los Rep. Legales, como partícipe jerárquicamente responsable de la organización, cumplimiento, evaluación, integración, y demás quehaceres en la conducción de nuestros Colegios, dirigiendo así los equipos de conducción.
Los saludamos fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat Presidenta CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Respuesta de sobre la Nota presentada ante DEP sobre Rol de los Representantes Legales
23/10/2020
La Dra. Della Savia agradeció la nota y nos ha invitado a reunirnos a fin de ampliar lo manifestado y establecer canales de comunicación, para exponer situaciones sobre sobre las cuales se puede trabajar, para optimizar la gestión institucional de cada escuela.
Cuando tengamos la audiencia les informaremos.
Presentación nota ante la Subsecretaría de Trabajo en Mendoza
19/06/2020
ESTIMADAS/OS:
Les informamos que ayer 18 de junio presentamos esta NOTA ante la Subsecretaría de Trabajo en Mendoza, la que fue recibida y Se generó el expediente:
EX-2020-02743837- -GDEMZA-DAYD#MGTY
Presentacion AFIP por empleados no incluidos en ATP
13/06/2020
URGENTE: ATP – EDUCACIÓN
En el día de la
fecha, comenzaron a llegar al Domicilio Fiscal Electrónico de los
contribuyentes que hubieron aplicado al Programa Ayuda al Trabajo y la
Producción ATP, creado por el Poder Ejecutivo Nacional por el DNU 332/20, la siguiente
comunicación
-----------------------------------------------------------------------------------
“Notificación: Nos contactamos
para solicitarte que informes bajo la fórmula de declaración jurada, el listado
de trabajadores y trabajadoras de tu institución por los que no percibiste
ningún tipo de subsidio durante el mes de febrero 2020.
Lo expuesto,
obedece a generar el proceso correspondiente, respecto del análisis de la
viabilidad del acceso a los beneficios previstos en el Programa de Asistencia
de Emergencia al Trabajo y la Producción.
La información
deberá enviarse a través del servicio con clave fiscal "Presentaciones
Digitales", trámite "ATP Entidades Educativas - nómina de
empleados". Deberá adjuntarse nota completa que se indica en la presente
comunicación más un archivo Excel (no PDF) indicando la siguiente información:
Columna 1: CUIT
N°
Columan 2: CUIL
N°
Columan 3:
Apellido y Nombre
Columna 4:
Percepción de Subsidio (SI/NO)
Columna 5:
Porcentaje de subsidio
Columna 6:
Jurisdicción
Es importante
que se indiquen CUIT - CUIL, sin puntos ni guiones, en 2 columnas diferentes.
Podrás enviar la
nómina hasta el 16 de junio de 2020, inclusive.
Administración
Federal de Ingresos Públicos”
------------------------------------------------------------------------------
Aún cuando no
hubiera llegado la presente comunicación, RECOMIENDO completar la información,
y PRESENTARLA, de manera de aportar los datos solicitados para el análisis y
posterior aprobación.
Recordar que
debe presentarse HASTA EL 16/06/20.
Y PRESENTAR POR
TODOS LOS EMPLEADOS QUE TENGAN MENOS DEL 100% (Real, sumando la totalidad de
horas o cargos que tiene contra el aporte del estado que recibe, sacado sobre
el NETO). En la Columna 5 se pone el promedio que recibe “Real” de aporte según
se explicó en este párrafo.
Es una gran posibilidad porque analizarían persona por
persona cuanto recibe y se verá si se les da a esa persona los ATP
Fraernalmente
Cd. Pedro E. Pais- Asesor CONSEC
SOLICITUD:
Apertura restringida sector administración Colegios Privados
22/05/2020
Estimadas/os
Nuevamente
hemos presentado, conjuntamente con la ACPM, la solicitud/confirmación
para la atención de un sector de la administración de los Colegios de
gestión privada ante la DEP y DGE que presentamos el 13/4 y el 14/5.
Sabemos
que muchos Colegios han debido hacerlo ya que se les ha indicado la
entrega de material, cuadernillos, o para atender alguna obra de
reparación edilicia (que desde el 25/4 se encuentran autorizadas, con su
propio protocolo).
También
nos es indispensable la atención de algunos padres que solicitan
realizar pagos parciales - que por medios digitales no pueden realizar
-, o presentar alguna documentación o solicitud que exige la atención
personalizada, sea por la reserva requerida, sea por la necesidad de
evaluar responsable y solidariamente la situación.
También
sabemos que las autoridades educativas han indicado la concurrencia
para la entrega de cuadernillos entre otros; y que en algunos municipios
han autorizado la actividad, por supuesto de manera restringida y bajo
estrictos protocolos de seguridad que los Representantes deben
garantizar, y que sabemos que con gran responsabilidad y esfuerzo lo
están haciendo.
Por
todo ello hemos reiterado la solicitud/aclaración respectiva y hemos
adjuntado el PROTOCOLO REQUERIDO conteniendo todos y cada uno de los
puntos requeridos.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Decisión Administrativa 747/2020: Inclusión en Sueldo Complementario - Nuevas condiciones
12/05/2020
Nuevamente hoy: más información que esperamos sea de utilidad y proporcione algo de alivio a las instituciones.
Les
PEDIMOS POR FAVOR nos vayan informando, tal cual nos lo solicita el
Asesor Pedro Pais, la situación: esto es, si fueron incluidos en
algún/unos beneficios, alcances, préstamos banario, tasa y otra
información de interés, con la finalidad de continuar solicitando las
medidas que puedan corresponder.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
_________________________________________________________________________
Estimados
amigos, en el día de hoy se publicó en el B.O. la Decisión
Administrativa 747/2020. En esta se confirma lo que oportunamente
adelantáramos sobre los compromisos de las autoridades con nuestros
representantes: CONSUDEC, COORDIEP, ADEPRA, CAIEP, etcétera.
En esta decisión administrativa - Anexo 3 - se aclara:
a) Quienes habían sido elegidos para el beneficio de Sueldo Complementario, sólo percibirán dicho sueldo por el personal no incluido en los aportes estatales, salvo que el porcentaje de aporte sea inferior al 50%. - Esto implica prima facie que los docentes que trabajen simultáneamente en planilla con aporte estatal con un aporte igual o superior al 50%, y en planillas que paga el establecimiento serían excluidos por el CUIL. Con lo cual, dicho peronal no percibiría sueldo complementario del estado. Sólo lo cobraría el personal que únicamente cobra por el establecimiento sin aporte estatal: no docentes y docentes de planilla curricular complementaria sin aporte estatal. que no tengan simultáneamente aporte estatal en el establecimiento educativo.b) Quienes habían sido elegidos y no perciben aporte estatal, cobrarían el sueldo complementario tal y como se había liquidado, luego de que la jurisdicción, en nuestro caso la DGE Mendoza, confirme dicha situación. -c) AFIP debe notificar personas alcanzadas, y montos a cada institución.Conforme esta pauta oficial, aquellos que no ingresaron en fecha 7 de mayo, pueden ir concluyendo las preliquidaciones para la DEP, ya que los empleados por los que se recibe aporte estatal serán excluidos del aporte sueldo complementario.(Los únicos que deberían incluir el "anticipo" recibido son aquellos que no quedaron con beneficios diferidos/suspendidos y que el día 7 de mayo el personal cobró el sueldo complementario)En lo que respecta a la prórroga de las contribuciones patronales SIPA de abril, o a la reducción de contribuciones, la Disposición Administrativa nada dice, por lo que debemos trabajar, considerando que este beneficio no continúa (no continuaría) vigente -aun en aquellos casos en que el 30 de abril se había informado su inclusión-, hasta que la AFIP nos clarifique mediante notificación los alcances de los beneficios que sí continúan vigentes.
Dado
que existe una demora generada por la información que deben brindar las
jurisdicciones, es probable que el listado del personal no sea conocido
en forma inmediata. Agradeceríamos informen al CONSEC apenas
tengan notificación de AFIP. Deber revisar: en Domicilio Electrónico o
en Programa de Asistencia la Trabajo, así solicitamos a todos los
colegios que lo analicen.
CONCLUSIONES:
a) Aquellos que habían sido notificados el 30 de abril que estaban en el programa Sueldo Complementario, se depurará el listado, excluyendo al personal por el que se reciba más del 50% de aporte estatal, y disminuyendo el porcentaje a quienes reciban menos /esto sería únicamente a quienes están en la banda del 30 o 40%, si es que aun queda alguno en esta banda en la jurisdicción. Pero como en este caso el Sueldo Complementario sólo será sobre el 70 o el 60% que paga la institución, en estos casos no debería afectar la preliquidación del mes de mayo.b) Quienes nunca ingresaron a este beneficio, están excluidos del mismo.b.1.) No obstante, para estos colegios se accedería a una línea de crédito bancaria: hay que consultar en el Banco, sobre este programa. Estamos a la espera de alguna disposición del BCRA, que haga esta operatoria posible y la simplifique.c) Sólo quienes ya cobraron el Sueldo Complementario, deben preliquidar para mayo el Anticipo correspondiente al monto pagado por ANSES para que sea disminuido el importe del aporte estatal de mayo, ya que quienes aun no lo cobraron, no lo harán por el personal incluido en el aporte estatal.d) Aun no hay fecha para la obtención del beneficio.e) Se puede ir concluyendo la preliquidación y la rendición de cuentas, considerando que el Sueldo Complementario: que reiteramos es el que abona el Estado Nacional mediante acreditación directa en los CBU de los empleados.
e.1.) Sólo es compatible con el aporte estatal para aquellas instituciones que ya lo recibieron y que son las que tienen en el sistema registral una actividad primaria que no es Enseñanza, porque quienes aun no lo han recibido, el sistema depurará y excluirá la parte del aporte estatal provincial.
IMPORTANTE: Quienes están en este beneficio, deben tener en cuenta:
En todos los casos será condición para recibir la asistencia que la institución asegure el pago de la diferencia
salarial para que todos/as los trabajadores perciban el 100% de su remuneración. -
Por
ello, si algún instituto incluyó a algún/os trabajador/es en el art.
223 bis LCT, y dicho trabajador/a ha sido incluido en el Beneficio:
Sueldo Complementario, VERIFICAR esta situación para no tener
inconvenientes con la "interpretación" de AFIP
Por ello, en caso de haber aplicado el 223 bis , sugiero, una vez recibido el beneficio por parte de AFIP, dejar sin efecto esta "suspensión laboral-fuerza mayor", y rectificar la liquidación de AFIP,
a efectos de que no queden simultaneamente en el 223 bis y
posteriormente alcanzados en el sueldo complementario. Para ello deberán
generar planillas, bonos, y rectificar el 931 todo ello con retenciones
y aportes y el salario completo por el mes de abril de 2020.
Se adjunta la Disposición Administrativa, y el Anexo referenciado.
Esperamos tener MÁS novedades dentro de esta semana.
Lo saludo atentamente.
CPN PEDRO PAIS.
Decisión Administrativa 747 2020
Decisión Administrativa 747 2020 - ANEXO 3
Situación de Colegios Privados - Programa de Asistencia
12/05/2020
AFIP ha diferido la presentación y pago del 931 hasta la próxima semana.
Por ahora NO hay otro beneficio del Programa de AETyP que impacte en las Instituciones educativas
Estimadas/os:
compartimos las apreciaciones y sugerencias de nuestro Asesor Pedro
Pais, respecto de Programa de Asistencia al Trabajo.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
_________________________________________________________________________________
Estimados amigos:
Más
allá de los compromisos asumidos por las autoridades nacionales ante
nuestros representantes, la realidad es que actualmente los colegios
privados que se incorporaron al Programa de Asistencia al Trabajo, sólamente tenemos autorizado el beneficio de prórroga de las contribuciones sipa del mes de marzo, por
lo que en abril, no podemos aun incluir ningún beneficio, por ello NO
figura la "distribución en SIPA - NO SIPA cuando presentamos el 931 por
Declaración en línea. y si consultamos el Sistema Registral, no figura el Código 460 para el mes de abril de 2020.-
Ya
habrán observado que los beneficios notificados en fecha 30 de abril,
ya no pueden "verse" en el Programa de Asistencia al Trabajo y la
Producción y se encuentran en análisis y diferidos. Por ello en el
Sistema Registral en estos momento no está el Código 460, lo que implica que si hoy presentamos el 931, no gozamos del beneficio de prórroga de Contribuciones abril 2020.
La AFIP ha diferido la presentación y pago del 931 hasta la próxima semana.
Se
recomienda: consultar el programa de asistencia al trabajo y la
producción, y el sistema de notificaciones al domicilio fiscal
electrónico para verificar la inclusión o no en el programa para el mes
de abril, qué beneficios alcanza, si continúa dentro del Sueldo
Complementario, y si así fuera, que personal comprende.
Las
instituciones que ya recibieron el beneficio -aquellas cuya actividad
primaria no era enseñanza-, podrían aplicar los beneficios otorgados por
AFIP, que en algunos casos incluye SUELDO COMPLEMENTARIO, y en otros
además del Sueldo Complementario, prórroga de contribuciones SIJP, y
otras además de estos dos beneficios la disminución de contribuciones
patronales. Para estas instituciones continúa vigente los instructivos
elaborados la semana pasada, y tener en cuenta el monto de Sueldo pagado
por el estado nacional, para disminuir el monto solicitado a la
Provincia en la incidencia de este pago en la preliquidación de abril de
2020.-
Estaremos atentos para notificar cualquier modificación que se produzca en el estado de situación actual, y
solicitamos que si llega alguna notificación a cualquier institución
sobre el reingreso a los beneficios del programa, nos lo hagan saber.
Por el momento, sólo podemos informar que los nuevos vencimientos para presentación y pago de 931 son:
0 1 2 3 18 de mayo
4 5 6 19 de mayo7 8 9 20 de mayo
Si
alguna entidad, goza o gozará de beneficios de reducción de
contribuciones, o prórroga de contribuciones patronales, debería
presentar 931 con el nuevo SICOSS, y para ello debería rectificar el
presentado hasta el día de hoy: se aprobó el release 3 para esta
rectificación.
Atentamente.-
Cdor. Pedro Enrique Pais
Resolución 4711 AFIP
Resolución 4712 AFIP
SOLICITUD PRESENTADA ANTE LA DEP
Solicitud de prórroga preliquidación mayo y rendición abril 2020
04/05/2020
CONSEJO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
Uruguay 750, Godoy Cruz- 5501 Mendoza - consec.mendoza@gmail.com
www.consecmendoza.org - Tel. celular (261) 7000 388
Mendoza, 4 de MAYO de 2020.
Señora Directora
DIRECCION DE EDUCACION PRIVADA
DRA. BEATRIZ DELLA SAVIA
Dirección General de Escuelas - MENDOZA
Referencia: Dada la inclusión en el alcance del Sueldo Complementario,
solicitamos prórroga preliquidación mayo y rendición abril 2020-
De nuestra mayor consideración.
En nuestro carácter de representantes de las instituciones educativas privadas, nos dirigimos a Ud., con el objeto de solicitar prórroga de la declaración jurada abril 2020, y preliquidación mayo 2020, a efectos de poder efectuar la liquidación considerando beneficios otorgados por el Gobierno Nacional a varias instituciones educativas.
Fundamento:
El día 30 de abril, la AFIP notificó a muchos colegios de Mendoza, la inclusión dentro del programa SUELDO COMPLEMENTARIO, que consiste en que una parte del salario del personal del establecimiento será pagada por el estado. Se han iniciado gestiones para que los colegios que no ingresaron en esta operatoria, sean incluidos en la misma.
Como dicha notificación fue recibida por los colegios en fecha 30 de abril, nuestras instituciones, ya habían realizado el pago del mes de abril, razón por la que pagaron el 100% del salario, sin tener en cuenta este beneficio otorgado en función de la pandemia.
Conforme la normativa, el mes de abril se debe liquidar como remunerativo, y la parte que el Estado Nacional pague a cada empleado como salario complementario, similar a un adelanto de sueldo y el empleador tendrá que pagar la diferencia.
En el caso de los Colegios Privados, al haber recibido el aporte estatal antes de dicha comunicación, pagaron el 100% del salario –sin tener en cuenta el apoyo del Estado Nacional-, pero recién el 7 de mayo conocerán el importe que debe considerar salario de abril, y el importe que se aplicará como adelanto de sueldo. En este caso, dicho adelanto será para mayo. Por esta razón, el importe que los empleados reciban el 7 de mayo por haber ingresado en esta operatoria, será considerado anticipo de mayo, y quienes están en la operatoria deberán ajustar la liquidación.
En conclusión, los colegios que ingresaron a la operatoria “Sueldo Complementario”, recién conocerán el importe que el Estado Nacional abona al personal a partir del día 7 de mayo, y es a partir de dicha fecha que deberán re-liquidar abril –dado que el importe que reciben de la Nación debe imputarse a abril-, y considerar como anticipo de mayo el importe pagado por el Colegio en fecha 30 de abril.
Si bien existe una normativa para el pago del Sueldo Complementario, desconocemos como la aplicará el estado nacional al sector, dado que no podemos estar seguros de que: ingrese todo el personal; ni cómo se aplicará dada la casuística del sector, por ejemplo ante el pluriempleo; que el personal docente no tiene convenio colectivo, por lo que podría resultar que el estado nacional los excluya de este; etcétera.
Es por todo ello que a la fecha ni siquiera podemos hacer un cálculo estimativo en cuanto a si el estado nacional incluirá en el beneficio a los docentes, ni de cuánto será el importe que el estado reconocerá. Todo esto hasta la fecha en que efectivamente lo pague y que a partir de dicho pago el Colegio tome conocimiento de la situación.
Por lo expuesto, solicitamos:
A) Autorice que la preliquidación se realice hasta el 15 de mayo, con el objetivo de restar de dicha preliquidación el importe liquidado por el estado nacional como Sueldo Complementario de abril, lo que podría representar un significativo ahorro para el estado provincial en cuanto al Aporte estatal.B) Difiera la rendición del aporte estatal del mes de abril hasta el 22 de mayo, de forma tal que las instituciones incluidas en este beneficio, puedan reliquidar abril, y generar la planilla que refleje el Anticipo Abril/Mayo al personal.
En la seguridad que se accederá a lo solicitado, dado que de esta forma, se generaría un ahorro significativo en el presupuesto de la Dirección de Enseñanza Privada, de así ocurrir, y se descontaría el importe otorgado como beneficio por el Estado Nacional.
Aprovechamos la oportunidad para saludarla con la mayor consideración y reiteramos nuestra disposición a ampliar la información de lo solicitado si lo considera pertinente.
Hno. Eutimio Rubio Saez Lic. Fernando Bertonati
Presidente CONSEC Vicepresidente CONSEC
El pedido de nueva prórroga rendición de aportes ARTICULADA con beneficios otorgados por AFIP no fue concedido
16/04/2020
Transcribimos la respuesta del e-mail recibido de la DEP
A las AUTORIDADES
DE CONSEC
Por la presente se da respuesta al pedido formulado en la fecha,comunicándoles que los motivos expuestos en el mismo, no modifican elanálisis de la situación realizada por el equipo de la DGE en relaciónal pedido que se reitera, y cuya respuesta ya fue comunicadaanteriormente a Ustedes, la cual se mantiene en todos los términos ya notificados.
Por la presente se da respuesta al pedido formulado en la fecha,comunicándoles que los motivos expuestos en el mismo, no modifican elanálisis de la situación realizada por el equipo de la DGE en relaciónal pedido que se reitera, y cuya respuesta ya fue comunicadaanteriormente a Ustedes, la cual se mantiene en todos los términos ya notificados.
Saludos Cordiales
Beatriz Della Savia
Pedido nueva prórroga rendición de aportes ARTICULADA con beneficios otorgados por AFIP
Señora
Directora de Educación Privada
DRA. BEATRIZ
DELLA SAVIA
Dirección
General de Escuelas Mendoza
Ref. pedido nueva
prórroga rendición de aportes
ARTICULADA con beneficios otorgados por AFIP
De nuestra mayor consideración.
En nuestro
carácter de representantes de las instituciones educativas del CONSEC, nos
dirigimos a Ud., con el objeto de agradecer la inmediata respuesta respecto a
la prórroga de las rendiciones de cuenta de marzo de 2020 del 13 al 27 de abril
de 2020.
El 9 de abril la
AFIP publicó la Resolución 4693 en el Boletín Oficial de la Nación, prorrogando
el pago de Contribuciones Patronales del mes de marzo al mes de junio de 2020.-
Debemos señalar,
que antes de dicho vencimiento previsto para mediados del mes de junio, la
AFIP, podría otorgar algún otro
beneficio sobre dichas contribuciones, dentro de los previstos en el
Decreto Nacional 332/2020, por lo que no resulta prudente ni conveniente exigir
el pago anticipado de las contribuciones patronales, que impidan el acceso a
algún tipo de beneficio.
Es por lo
expuesto que solicitamos se tenga en cuenta esta situación, y se prorrogue
dicho plazo para la rendición de cuentas definitiva del mes de marzo hasta
después del vencimiento general previsto, y de modo trabajar articuladamente con lo dispuesto en la
Resolución mentada y con las que esperamos se dispongan en el mediano plazo.
Aprovechamos
la oportunidad para desearles una plena Pascua de Resurrección y aguardando su
respuesta, la saludamos muy atentamente.
Hno. Eutimio Rubio Saez Lic. Fernando Bertonati
Presidente CONSEC Vicepresidente CONSEC
Pedido al Director de Escuelas y por su intermedio al Gobernador
Estimadas/os:
Se ha presentado el siguiente PEDIDO al Sr. Director General de Escuelas, para que lo eleve a consideración del Sr. Gobernador de la Provincia.
Por ahora debe entenderse que es un pedido y que no hay excepciones a la fecha que autoricen estas actividades.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
_________________________________________________________________________
Sr. Director General de EscuelasProf. José ThomasMENDOZANos es grato comunicarnos con Ud. en consonancia con lo solicitado por la ACPM, a fin de poner en su consideración cuanto sigue:Según lo expresado por el Sr. Presidente en el día Jueves, entendemos que los Gobernadores propondrán la apertura administrada de ciertas actividades bajo estricto protocolo de actuación, y el Gobierno de Nación las analizará para aprobar o no, según la necesidad, urgencia, posibilidad de cumplimiento del distanciamento social y demás variables de prevención que a todos nos competen.En este sentido, le solicitamos a Usted y por su intermedio al Sr. Gobernador que por favor incluya en el análisis y propuestas la apertura de la administración de los colegios, y de limpieza y mantenimiento. Por supuesto que esto, bajo las modalidades más adecuadas, por ejemplo: turnos pre-establecidos para el cobro de cuotas -similar a la actividad bancaria-, y/o cupos, horarios, terminación de DNI, habilitación por cursos o divisiones, etc. Y para la limpieza y/o mantenimiento, dos veces por semana por ejemplo.Fundamos este pedido en que son bastantes las familias no habituados o no alcanzadas por el uso de medios electrónicos: cajeros, home banking, etc. y nos han manifestado su voluntad de pagar las cuotas adeudadas pero al no tener una persona en el Colegio que lo reciba, no pueden hacerlo.Respecto a limpieza y mantenimiento, consideramos necesario mantener la limpieza periódicamente por una cuestión de higiene y también concluir algunas tareas de mantenimiento menores requeridas como revisión gas, luz, agua, etc.Si es necesaria una presentación formal con gusto le haremos llegar la misma.Agradeciendo desde ya su invalorable gestión y aguardando su respuesta, lo saludamos cordialmente.Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSECLic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Prórroga Contribuciones
Patronales - Resolución AFIP 4693/2020
Difundimos la información de la Resolución AFIP 4693 recibida de CONSUDEC y en el marco del acuerdo conjunto Ministerio de Educación de la Nación y los Organismos representantes de los Colegios de gestión privada, para dar un poco de alivio a la situación financiera actual.
Va también el análisis del Contador Pedro Pais, con el “paso a paso” para proceder al respecto.
Fraternalmente y unidos más que nunca en el oración fraterna
Lic. Fernando Bertonati – Vicepresidente CONSEC
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
_________________________________________________________________________
Estimados amigos:
En el día de hoy ha sido publicada la Resolución de AFIP 4693, que:
- prorroga por unos días la liquidación y pago de las Leyes Sociales,
- y prórroga para algunas actividades el pago de las cargas patronales.
Importante. En el transcurso de hoy, quien sea el administrador de relaciones del CUIT, deberá dar de alta el Servicio “PROGRAMA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCION”, e inscribirse en el mismo, a fin de obtener la prórroga del pago de las leyes sociales (esta inscripción debe realizarse entre hoy y el 15, pero como tiene que estar claro antes del vencimiento sugerimos hacerlo hoy).
De esta forma, antes del vencimiento de la liquidación y pago del 931, se verificará si la entidad está o no incluida dentro de los beneficios, lo que se debería verificar desde el 13 al 15 de abril.
Se nos ha informado desde CONSUDEC, las actividades religiosas y de educación privada adherida a la enseñanza oficial, se encuentran dentro de las que recibirán beneficios conforme el Decreto 332/2020.
El día 15, las empresas deberán verificar en el Sistema Registral que se haya incluido el Código 460 Beneficio Decreto 332/2020.-
En caso que se rechace, le solicitamos se comunique con su Contador, abogado, o las Asociaciones que lo representen, para analizar la situación, y obtener el beneficio.
Por ahora, el beneficio previsto para marzo en la Resolución mentada, es sólo la prórroga de los aportes patronales para la totalidad de los empleados de la entidad.
Es importante que apliquemos el beneficio de prórroga, porque desde CONSUDEC, COORDIEP y las asociaciones, están dialogando, con el objeto de obtener alguna reducción en dichas cargas, por lo que no resulta conveniente cancelar las mismas.Por lo que es probable que las normas de AFIP, prevean algún tipo de reducción en las cargas patronales antes del vencimiento general que se producirá en junio de 2020.
Hasta la fecha desconocemos si la AFIP, utilizará la misma versión de SICOSS, o Declaración en Línea, o se utilizará la actual vigente. En este último caso, deberá al momento de consignar Monto a ingresar consignar 0 en el Código 351, o en el VEP a generar, consignar 0 en el Código 351.
Nuevos vencimientos:
Liquidación y pago de leyes sociales –con excepción del Código 351 Aportes patronales jubilatorios-:
TERMINACIÓN CUIT FECHA
0, 1, 2 y 3 16/04/2020
4, 5 y 6 17/04/2020
7, 8 y 9 20/04/2020
Pago contribuciones patronales jubilatorias:
TERMINACIÓN CUIT FECHA
0, 1, 2 y 3 16/06/2020
4, 5 y 6 17/06/2020
7, 8 y 9 18/06/2020
SINTESIS:
A) En el día de hoy, el Administrador o Subadministrador de Relaciones debe dar de alta el SERVICIO AFIP: PROGRAMA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCION, e inscribirse en él.
B) A partir del 13 y hasta el 15, consultar en el Sistema Registral si la entidad ha sido incluida en el Código 460 Beneficio Decreto 332/2020.
C) En caso que no se observe esta inclusión, dialogar con los asesores legales o contables de la entidad para obtener el beneficio, en caso de no obtenerlo, consultar con CONSEC, o Asociación de Colegios Privados, para resolver esta situación antes del vencimiento.
D) Liquidar y pagar el día del vencimiento - a partir del 16, y luego de haber verificado estar en el Código mencionado en el punto anterior, aportes y contribuciones a las obras sociales, art, seguro colectivo y aportes (retenciones) jubilatorias.
E) En junio pagar las contribuciones patronales (Código 351).
Se dialogará con DEP, sobre la rendición de cuentas del mes de marzo, considerando que los aportes patronales jubilatorios no podrán pagarse a la fecha establecida para la rendición de cuentas.
Se adjunta a la presente la Resolución AFIP mencionada.
Atentamente.
Pedro E. Pais CPN
URGENTE:
Prorroga CONCEDIDA por la DEP
A Los Representantes Legales
Por el presente se comunica la respuesta al pedido realizado por el CONSEC y la ASOCIACIÓN DE COLEGIOS PRIVADOS, de extender el plazo para la presentación de las rendiciones del aporte transferido para el pago
de salarios del mes de marzo a fines del mes de abril.
La solicitud fue elevada a las autoridades de la DGE, quienes han autorizado
PRORROGAR EL VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DDJJ DE DESCARGO DE APORTE ESTATAL POR EL MES DE MARZO DE 2020 AL DIA LUNES 27/04/2010.
No obstante, deben tener presente que la extensión autorizada es solo en relación al tiempo en que la documentación debe presentarse; esto implica que al 27/04/2020 la rendición debe rendirse COMPLETA INCLUYENDO EL PAGO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL, CORRESPONDIENTE A LOS MONTOS CON APORTE ESTATAL.
Aquella Institución que no presente completa su rendición a la fecha prevista 27/04/2020-, se procederá a LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 12 DEL DECRETO 2633/05, que implica la suspensión del aporte.
AsÍ mismo, se solicita que aquellas instituciones que presenten inconvenientes puntuales se comuniquen por este medio a fin de exponer la situación, analizarla y dar respuesta.
Por el presente se comunica la respuesta al pedido realizado por el CONSEC y la ASOCIACIÓN DE COLEGIOS PRIVADOS, de extender el plazo para la presentación de las rendiciones del aporte transferido para el pago
de salarios del mes de marzo a fines del mes de abril.
La solicitud fue elevada a las autoridades de la DGE, quienes han autorizado
PRORROGAR EL VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DDJJ DE DESCARGO DE APORTE ESTATAL POR EL MES DE MARZO DE 2020 AL DIA LUNES 27/04/2010.
No obstante, deben tener presente que la extensión autorizada es solo en relación al tiempo en que la documentación debe presentarse; esto implica que al 27/04/2020 la rendición debe rendirse COMPLETA INCLUYENDO EL PAGO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL, CORRESPONDIENTE A LOS MONTOS CON APORTE ESTATAL.
Aquella Institución que no presente completa su rendición a la fecha prevista 27/04/2020-, se procederá a LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 12 DEL DECRETO 2633/05, que implica la suspensión del aporte.
AsÍ mismo, se solicita que aquellas instituciones que presenten inconvenientes puntuales se comuniquen por este medio a fin de exponer la situación, analizarla y dar respuesta.
Atte
Cdor Omar Rodriguez
URGENTE:
Presentación de solicitud para postergación de la rendición del aporte de Marzo ante la DEP
Hemos
presentado ante la DEP la solicitud de postergación de la rendición del
aporte de Marzo, solicitud fundada en la necesidad de acceder a
alguno/s beneficios/diferimientos/financiación que impliquen un
cierto alivio en la situación financiera que estamos atravesando y que
de rendir cuentas el 13/4 por no estar aún claro el alcance de las
medidas, no podríamos aplicar.
Les informaremos cualquier novedad al respecto.
Aprovechamos
este tiempo de reflexión y contemplación que recorremos en Semana
Santa, y que este año transitamos probablemente con más incertidumbre y
dolor y es por ello también que nos acompañamos en la oración fraterna
en la ESPERANZA en Cristo Resucitado.
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
NOTAS PRESENTADAS POR SITUACIÓN DE PANDEMIA DEL COVID-19
Estimadas/os:
Hace ya 15 días iniciamos el pedido a CONSUDEC sobre algunas medidas para paliar de algún modo los efectos consecuencia de la cuarentena, aislamiento obligatorio y demás medidas. Varias instituciones también realizaron aportes y CONSUDEC y COORDIEP concretaron la solicitud a través de la nota presentada ante el Ministro de Educación de la Nación Nicolás Trotta que adjuntamos.
Hace ya 15 días iniciamos el pedido a CONSUDEC sobre algunas medidas para paliar de algún modo los efectos consecuencia de la cuarentena, aislamiento obligatorio y demás medidas. Varias instituciones también realizaron aportes y CONSUDEC y COORDIEP concretaron la solicitud a través de la nota presentada ante el Ministro de Educación de la Nación Nicolás Trotta que adjuntamos.
En similar tenor y sentido también adjuntamos la carta presentada ante el Lic. José Thomas DGE, Mendoza.
ESTIMADOS REPRESENTANTES Y APODERADAS/OS LEGALES:
Enviamos
a continuación el acta suscrita por nuestros representantes con el
Sadop ante la Subsecretaría de Trabajo respecto de los permisos
gremiales para el delegado sindican en la participación en la Asamblea
Sindical, de acuerdo como lo establece la Ley 23551 en su artículo 44.
Se adjunta imagen del acta suscrita y unas notas-sugerencias de nuestro Asesor Cdor. Pedro Pais.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Estimadas/os Superioras/es de Órdenes y Congregaciones
Presidentes/CD Asociación Civil
Representantes / Apoderados Legales
Nos es grato dirigirnos a Uds. a fin informarles que el pedido que realizamos de CONSEC y ACPM de postergación de lo solicitado por la DEP a través de la Circular 34/2019 ha tenido respuesta favorable. Por ello es que, por ahora, no sería necesario solicitar individualmente una postergación.
(Ver: Circular 44-DEP).
También les informamos que continuaremos dialogando respecto a los demás puntos solicitados:
- Actualización o complementación de la normativa por
ejemplo la presentación de un “estado simplificado” de ingresos y
egresos del establecimiento educativo en lugar de estados contables
integrados. (y su fundamento)
- Información suficiente de los órganos técnicos especializados, así como de la DGE y DEP respecto de la previsibilidad inflacionaria, ajuste salarial, ajuste de tarifas y precios y actualización acorde en los aranceles.
Y lo que como CONSEC e individualmente solicitamos que se actualice: ajuste de la banda de equidad.
Fundamento:
Imposibilidad de realizar
un "flujo de fondos" real dada la imposibilidad de sostener la actual
banda arancelaria, fuente única y directa de ingresos de los colegios: para
hacer un flujo de fondos se requiere como mínimo tener un criterio
sobre la evolución de ingresos y egresos del establecimiento para el
periodo en cuestión. En la
actualidad, tenemos una precisión fundada sobre el procedimiento de
ajuste de los egresos, dado que siguen el proceso inflacionario que el
gobierno prevé, pero esta situación no
es acompañada por la evolución del ingreso propio, que está sujeto a
normas que hasta la fecha no siguen la evolución inflacionaria. Todo
proceso administrativo, requiere mantener el equilibrio en su
estructura de ingresos y egresos, para ello, el crecimiento de los
ingresos debe ser en consonancia con los egresos.
En
la actualidad, los Institutos están frente a un desfasaje por la
diferencia de ajuste entre ingresos y egresos durante los años 2017,
2018 y 2019. Esta situación se
podrá comprender analizando la evolución de la inflación medida por
índices oficiales, y la evolución de los salarios desde diciembre de
2017 a la fecha. De dicho análisis se
observa un incremento en los egresos promedio del 70%. Y para el mismo
periodo sólo se ha autorizado un ajuste de aranceles apenas superior al
38%
Conocer
solamente una variable: el parámetro egreso –conforme inflación real
medida por el Gobierno de Mendoza, y acuerdos paritarios con "cláusula
gatillo", y desconocer la variable: actualización-evolución de
"ingresos" está llevando a los Colegios a un proceso de ajuste que
podría afectar la actual estructura del establecimiento. Por lo que
cualquier proyección que se realice estará sujeta la urgente resolución
respecto al indispensable de la actualización en las “bandas de equidad”
conforme a los parámetros objetivos enunciados y al espíritu del Art.
31 del Decreto 2633/2005
Artículo
31º - En el caso de producirse cambios en el contexto económico
nacional y/o provincial que ameriten la revisión de las escalas
establecidas por el Anexo, las prescripciones del presente decreto serán
evaluadas para su adecuación. Para tal efecto será designada una
Comisión Evaluadora integrada por dos miembros de la Dirección de
Educación Privada de la Dirección General de Escuelas del Gobierno de la
Provincia de Mendoza; y en carácter de miembros consultivos, el
Presidente del Consejo de Educación Católica y el Presidente de la
Asociación de Colegios Privados
Como
siempre, continuaremos informando cualquier novedad, así como contamos
con v/consideración y apoyo a las gestiones realizadas.
Los saludamos fraternalmente en Cristo
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Estimados:
Les informamos que hemos presentado ante la DEP las notas que pueden consultar en este apartado.
Dichas presentaciones que hemos realizado conjuntamente CONSEC y ACPM responden a las inquietudes formuladas tanto por las Comisiones, como por algunos Colegios que han consultado sobre el particular.
Como siempre, nos ponemos a v/disposición por si necesitan ampliar la información o por si se presentara alguna dificultad o inquietud particular al respecto.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC